Legislación de defensa del consumidor

La defensa del consumidor ha sido objetivo de la Constitución española, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, algunas leyes autonómicas de protección del consumidor, y por supuesto de la normativa comunitaria.

Artículo 51 CE.
“Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos. Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca”.

La Ley 26/1984, General de la defensa de los consumidores y usuarios tiene por objeto canalizar los derechos de los clientes. Esta ley es un marco básico en el ámbito del consumo, basada en directrices de la unión Europea, cuya intención es proporcionar a los consumidores y usuarios un instrumento de protección y defensa.

Según esta ley, los consumidores tienen derecho a recibir una información correcta, objetiva, cierta, eficaz, comprensible y suficiente de todos los productos, bienes y servicios puestos a su disposición. Evidentemente, la información que se debe recibir no es la misma cuando se compra un bolígrafo o cuando se adquiere una casa. La información debe permitirnos realizar la selección y la elección final que consideremos oportuna y basarse en criterios de racionalidad, seguridad, conservación y protección al medio ambiente. Las obligaciones concretas de los fabricantes y comerciantes se encuentran en las normas que regulan el etiquetado, presentación y publicidad de los diversos productos y servicios. Además hay sectores (por ejemplo, los productos destinados a la alimentación humana o los productos farmacéuticos) que deben cumplir con una normativa propia.

+Antes de la compra de un producto o de la contratación de un servicio el consumidor tiene:
Derecho a recibir un presupuesto previo.
Derecho a que se utilicen métodos de venta autorizados.
Derecho a que se prohíba la edición y difusión de publicidad ilícita.
Derecho a que se prohíba la fabricación y venta de productos inseguros.

+En el momento en que se compra un producto o se contrata un servicio, el consumidor tiene:
Derecho a recibir copia del contrato.
Derecho a recibir factura de la compra.
Derecho a que se expongan o queden claros los precios y tarifas.
Derecho a que se midan y comprueben con exactitud las cantidades compradas.

+Después de comprar un producto o de contratar un servicio, el consumidor tiene:
Derecho a recibir los documentos de garantía y los manuales de instrucciones en los bienes de naturaleza duradera.
Derecho a disponer de servicios técnicos para los supuestos de avería.
Derecho a disponer de hojas de reclamaciones.